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Deducibilidad de los Salarios pagados en efectivo.

En el artículo 43 del RLISR establece una excepción para pago de salarios en el tope deducibilidad para pagos en efectivo. Señala:

"Las erogaciones efectuadas por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado... pagadas en efectivo podrán ser deducibles siempre que además de cumplir los requisitos que señalan las disposiciones fiscales deberá de emitirse el CFDi por concepto de nómina."

 
 
 

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