top of page

Impuestos 2025 para Plataformas

No hay impuestos nuevos, la confusión surge por una nueva medida que aplica a partir del 1 de enero de 2025:

  • Si un vendedor extranjero recibe los pagos de sus ventas en una cuenta bancaria en el extranjero, la plataforma será responsable de retener el IVA.

  • En lugar de transferir ese IVA al vendedor extranjero, la plataforma lo pagará directamente al SAT.

Esto busca garantizar que el impuesto no sea omitido en estos casos.


El registro ya es obligatorio desde 2020: Las plataformas digitales deben estar registradas en el RFC desde junio de 2020, y la mayoría de las más relevantes ya lo hacen.


  • El IVA del 16% no es nuevo: Este impuesto siempre ha existido para productos almacenados y vendidos en México. Es responsabilidad del vendedor, ya sea la plataforma misma o un tercero que use su espacio.


Por lo tanto, no se trata de un nuevo impuesto, sino de una disposición que lleva más de cuatro años en vigor.

 
 
 

Entradas recientes

Ver todo

Comments


Entradas destacadas
Vuelve pronto
Una vez que se publiquen entradas, las verás aquí.
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page